Por el feriado de martes, se reunió este lunes la Comisión de Cultura del HCD de Goya, y con tres miembros presentes, Susana Quiroz, Gabriela Refojos y Oscar Ferrero, dieron el pase a la Comisión de Legislación del Expediente N° 3.449 sobre Declarar de Interés Municipal al 9 de noviembre como Día de la Radicación de Goya, aconsejando su aprobación.
Sin embargo, el concejal Oscar Ferrero dejó explícitamente establecida su posición, adelantando que idéntica posición tendrá el Bloque de Unión por la Patria, de que sería necesario para ello convocar previamente a una Audiencia Pública para que los interesados puedan expresarse al respecto.
La reunión se llevó a cabo en el Salón de Comisiones “Mabel Barrile” del cuarto piso del edificio municipal, y contó con la presencia, además de los ediles que conformaron su quorum, Susana Quiroz, Gabriela Refojos y Oscar Ferrero, del Secretario de Comisiones Sergio Izquierdo y de Carlos Forniés, quienes prestaron su asistencia técnica a los ediles.
En primer lugar, dieron lectura a la Ley Provincial N° 6.138, mediante la cual se creó la “Comisión de Estudio de la Primera Radicación Histórica de la ciudad de Goya”, la que estuvo integrada por el Dr. José Virgilio Acosta, el Dr. Ernesto Walter Grosse y la profesora María Margarita Fogantini.
Dicha comisión se expresó el 30 de septiembre de 2012 mediante un informe elevado al Presidente de la Cámara de Diputados de Corrientes, Pedro Cassani, que debido a los datos que surgieron de su investigación, “que por Ley se considere como fecha de la Primera Radicación Histórica de Goya la del 9 de noviembre de 1791”.
Este informe fue el que se tomó como base para sanción de la Ley Provincial N° 6.157, impulsada por el entonces diputado provincial Héctor María “Tito” López, que fue sancionada primero en la Cámara Baja y luego en la Cámara Alta del Congreso de Corrientes, que en su parte Resolutiva estableció:
Artículo 1º: DECLÁRASE el 9 de noviembre de 1791 como la fecha de la Primera Radicación Histórica de la ciudad de Goya, provincia de Corrientes.
Artículo 2º: COMUNÍQUESE al Intendente Municipal y al Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Goya.
Artículo 3º: COMUNÍQUESE a la Junta de Historia de la Ciudad de Goya, Junta de Historia de la Provincia de Corrientes y Obispado de la Diócesis de Goya.
Artículo 4º: DE FORMA
Los concejales presentes dieron Despacho Aprobado el Expediente N° 3.449, dando el pase del mismo a la Comisión de Legislación, a la que también derivaron el proyecto de ordenanza en la sesión ordinaria del HCD en que ingresó el proyecto, aconsejando a sus miembros su aprobación.
No obstante ello, el concejal Oscar Ferrero pidió expresamente que constara su posición, que será dijo la de su bloque, de establecer la necesidad de que previamente se convoque a una Audiencia Pública para que los interesados en hacerlo puedan hacer escuchar su opinión al respecto.
¿QUÉ DICE EL REGISTRO HISTÓRICO MÁS ANTIGUO DE LA CIUDAD DE GOYA?
El 9 de noviembre de 1791, don José F. Palmerola, comandante militar en esta plaza, labra un acta de embargo y secuestro en los siguientes términos*:
“En este Paraje de Batel, jurisdicción de San Juan de Vera de las Corrientes a nuebe de noviembre de mil setecientos nobenta y uno, yo el Comandte. de Milicias de este partido; y Plaza del Paraná, envirtud de la orden antesedente expedida por el Sr. Comandante de armas, y Subdelegado de Rl. Hacienda para efectos de trabar embargue sobre la partida de Cueros pertenesientes a don Leandro Ensinas, besino de Bs. Ayrs y recidente en esta de Corrientes; para Cuyo fin nombre por Contadores al Capn don Agustin Rolon y al Ayudante don Juan Paredes, y ante tgos Contaron y se hallaron Novecientos quarenta, y dos, de Cuya partida se condugeron en la Casa de don Manl Rubio ochosientos, y beinte, de los quales se hiso cargo el otro Dn Manl, quien medio recivo de las dos conduciones y siento veinte, y dos pordefecto del río crecido se condujeron en el Puerto de Goya aencorporarse con dosientos veinte, y ocho, que antesedente estaban enbargados en poder de Dn Domingo Enrique quien medio recivo de las dos partidas, quedando siempre ala disposición del mismo Sr. Subdelegado de Rl Hacienda, y para que coste lo pongo por diligencias y firmo conmigo los dos Contadores, y dos tgos con quienes lo autorizo.
JOSEF PALMEROLA
AGUSTIN ROLON JUAN PAREDES
Tgo LORENZO GUTIERREZ A ruego y por ttgo de LEON OBREGON, LORENZO GUTIEREZ (*) Transcripción del documento redactado por el Comandante Militar en Goya el 09-11- 1791 (Archivo General de la Nación, Sala IX, 33-6-7, Expte. 1451, p. 30).