La Municipalidad resolvió restringir el estacionamiento en el margen oeste de calle Guatemala, entre Río Negro y Pascual Lodola, debido a la alta congestión vehicular y la falta de espacios adecuados. La medida busca optimizar la circulación y evitar situaciones de riesgo.
RESOLUCIÓN Nº 268
PROHIBESE ESTACIONAMIENTO EN CALLE GUATEMALA DESDE CALLE RIO NEGRO HASTA CALLE PASCUAL LODOLA, EN SU MARGEN OESTE DE NUESTRA CIUDAD. -
V I S T O Y CONSIDERANDO:
Que, la Calle Guatemala desde calle Rio Negro hasta calle Pascual Lodola de doble circulación, es nexo obligado de nuestra ciudad, constituyéndose en una de las principales arterias de descongestionamiento rápido de la zona Norte.
Que, en la zona impera la necesidad de optimizar la transitabilidad a fin de evitar circunstancias que tornen riesgosas la seguridad de quienes circulan en ella dadas las características estructurales de esta zona y la gran congestión vehicular de la misma, que producen puntos críticos de transitabilidad en la mencionada arteria, haciendo que el tránsito en este lugar de la ciudad, se convierta en uno de los lugares de mayor concurrencia durante todos los días del año.
Por otro lado, el espacio reducido y/o casi inexistente para el estacionamiento, producen diversos inconvenientes con los vecinos del lugar. Por ello torna imperiosa la necesidad de reglamentar el tránsito y limitar el estacionamiento en el sector.
Que, con dicha reglamentación se busca salvaguardar el bienestar de vecinos del lugar, que en reiteradas oportunidades se manifestaron en reclamo de esta situación.
Que, el Municipio debe prevenir y bregar por la seguridad y protección de todos los ciudadanos.
Que esta medida se trata de una clara demostración del compromiso de distintos sectores, para que los ciudadanos estén más seguros todos los días.
Por todo ello, la presente Resolución se dicta en uso de las facultades concedidas por el Art. 98 inc. 17; 18; 34 y 35 de la Carta Orgánica Municipal siendo complementaria a las demás medidas de carácter municipal, provincial y/o nacional y su implementación no implica derogar, modificar o alterar ninguna de las normas o programas vigentes en nuestra ciudad, dado su carácter transitorio.
Por ello;;;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º: PROHÍBESE ESTACIONAMIENTO Y DETENCION DE VEHICULOS sobre calle GUATEMALA en todo margen Oeste de nuestra ciudad, desde calle RIO NEGRO hasta PASCUAL LODOLA, para todo tipo de vehículos y/o rodados. -
ARTICULO 2°: LA violación a lo dispuesto dará lugar a la aplicación de las sanciones correspondientes previstas en el Reglamento General de Tránsito.
ARTÍCULO 3°: FACULTAR a la Dirección de Tránsito a implementar el modo más adecuado para la señalización correspondiente de "Prohibido Estacionar y Detenerse" en la zona establecida en el Artículo 1°.
ARTICULO 4º: COMUNÍQUESE, publíquese, dése al R.M., sáquese copia para corresponda y oportunamente ARCHÍVESE. -
Dirección de Prensa – Municipalidad de Goya.